CAPÍTULO VIII
Poder ejecutivo
Artículo 279
- El gobierno y la administración del Estado corresponden a la Presidenta o al Presidente de la República, quien ejerce la jefatura de Estado y la jefatura de Gobierno.
- El 5 de julio de cada año dará cuenta al país del estado administrativo y político de la república ante el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones, en sesión conjunta.