La dirección superior de la Defensoría Penal Pública será ejercida por la defensora o el defensor nacional, quien durará seis años en su cargo, sin reelección.
Se nombrará en sesión conjunta del Congreso de Diputadas y Diputados y de la Cámara de las Regiones, por la mayoría de sus integrantes en ejercicio, a partir de una terna propuesta por la Presidenta o el Presidente de la República, conforme al procedimiento y los requisitos que determine la ley.